miércoles, 1 de febrero de 2017

CODIGO NACIONAL DE POLICIA

Que se van a cometer abusos por parte de los encargados policiales, al hacer cumplir la ley, es una posibilidad y tal parece ya se han presentado casos; algunos registrados en vídeos en las redes sociales; esa conducta, el exceso, está implícita en la naturaleza humana.

Sino recordemos, el caso reciente, el accidente de tránsito que protagonizó, un médico anestesiólogo, en estado de alicoramiento cuando, tal parece, se dirigía para  prestar sus servicios profesionales en el Hospital Departamental de la Ciudad.

Regresando al asunto que nos ocupa hoy. Como era de esperarse, no se hicieron esperar las quejas y las demandas - por la aparente violación de algunos derechos constitucionales - a la expedición de la ley 1801 de Julio 29 2016  “por medio del cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”; léase bien y “convivencia”.

Para entender su alcance, debemos tomarnos el tiempo para leer, por lo menos, el artículo segundo (2) de esa ley. Objetivos específicos; le recomiendo para animarse empiece con los primeros tres, de los seis, numerales a saber:

1. “Propiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan lo público”.

2. “Promover el respecto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los derechos correlativos de la personalidad humana”.

3. “Promover el uso de mecanismos alternativos, o comunitarios, para la conciliación y la solución pacifica de desacuerdos entre particulares”.

En esa rápida lectura nos encontramos con gran parte del espíritu de esa ley, allí quedan  marcados los pasos para alcanzar la convivencia pacífica entre todos los colombianos.

Y no es otra cosa; que aplicar el sentido común, la paciencia y la tolerancia - mucha tolerancia - en la forma como debemos interactuar, siempre en armonía, con todas las personas, con el entorno que afecta para bien o para mal el medio ambiente y la relación con los animales, en una cada vez más compleja sociedad camino del postconflicto.

De hecho el día 29 de enero fecha en que empezó a tener vigencia la citada ley, el Presidente de la Republica, Juan Manuel Santos Calderón, en las redes sociales aclaraba: “No es para encarcelar a más gente. Sí es para prevenir y evitar que problemas de convivencia se conviertan en asuntos penales”.

Para entrar en materia señalemos, sin más detalles, uno de tantos casos, aparentemente triviales, pero con consecuencias extremas.

Con seguridad no era la primera vez que la explosiva mascota, cuidada por su temperamental amo, todas las mañanas, en la calle o en el parque, hacía de las suyas; tampoco lo era el reclamo del vecino, por el excremento que dejaba exactamente frente a su casa.

Solo faltaba que, ese nefasto día, este último perdiera los estribos y agrediera físicamente a la mascota; y como consecuencia, de ese acto también irracional perdiera la vida.

La escena anterior nos lleva a formularnos la primera pregunta ¿Cuántas personas están recluidas en una prisión? Pagando su condena, por homicidio, porque la mascota depositó, y el dueño no recogió, los excrementos en espacio público; hecho que desencadenó una tragedia para dos o más familias. Un botón basta de muestra, los demás a la camisa.

Más allá de la doctrina y la jurisprudencia que sobre este tipo de casos, y de otro tipo, de intolerancia o ausencia de urbanismo se intente reglamentar; lo que contempla la ley es velar por prevenir brotes de violencia o malos hábitos que atenten contra los principios y valores de una sana sociedad, medidos a través de la seguridad y convivencia ciudadana.

Para lograrlo, ya sea a través de medidas preventivas o coercitivas  es la necesidad de partir del principio que los deberes y derechos de toda persona, terminan donde comienzan los de sus semejantes. Así de sencillo.

De lo contemplado en esa nueva ley se hace hincapié en palabras y conceptos como: libertad, espacio público, dignidad, deberes, derechos, conciliación y solución pacífica de desacuerdos; que según nuestro criterio miden el grado de educación para la tolerancia que lleva a la convivencia pacífica entre los diferentes integrantes de una diversa y compleja comunidad. ¿Cómo entenderlo, como practicarlo?

Difícil, pero no imposible, es intentar medir el grado de paciencia y tolerancia ya marcado en el ADN conductual de una sociedad violenta que enfrenta retos desde hace más de 50 años.

Hoy tan definitivos para alcanzar una paz estable y duradera; y a la que muchos se oponen ya sea por negocio, por alcanzar réditos políticos o por simple analfabetismo político y social.

Si intentáramos un cambio de paradigma, solo desde lo sociológico o antropológico, se requerirían miles de horas en más estudios, postgrados, seminarios, talleres o conferencias, para intentar cambiar, en la sociedad, ese chip violento; seguramente sin mayores resultados.

Para la gran mayoría, sumidos en un especial tipo de analfabetismo social y desde lo conductual; es bien complejo intentar entender cómo piensa uno acerca de si mismo, de las otras personas y del mundo que le rodea.

Y como lo que uno hace, afecta de manera positiva o no los pensamientos y los sentimientos de las demás personas que interactúan en una compleja comunidad como la nuestra donde la ira, la desconfianza, la venganza y el “miedo ambiente” son el pan nuestro de cada día.

Frente a esta cruda realidad queda otra salida - como la ley 1801 de 2016 - para crear mecanismos de prevención y control, sin ser coercitivos, pero si correctivos a través de las denominadas multas, que en primera instancia son pedagógicas; para luego castigar el bolsillo del infractor para así evitar más tragedias como en el pasado.

De hecho los problemas de convivencia, no son nuevos y se registran desde el comienzo de la civilización y operaban bajo el principio del más fuerte, liderazgo, que terminaba obteniendo poder político, económico y religioso; recordemos, como ejemplo, las llamadas Ciudades Estado en la Grecia antigua como Esparta y Atenas; y regidas con rigurosos códigos de convivencia. 

Regresando al presente, para lograr - la convivencia - no se necesita haber alcanzado un alto grado de conciencia, como los iluminados, para entenderlo retornemos  el anterior ejemplo…

Si sueltas, todos los días, tu mascota en el parque ella nunca dejará sus excrementos frente a tu casa - de hecho no se lo permites - sino lejos de allí o frente al andén o casa de tu vecino; por aquello que el perro siempre intenta marcar su territorio. Entonces ¿Por qué, no recoges tu excremento - si la mascota es tuya también lo son sus deposiciones -  si sabes que va a causar molestias?

Esa incómoda situación…También recuerda que, como evidencia te pueden estar filmando o tomando una fotografía, al ser descubierto - sin el “popo” en la mano - en el mejor de los casos, lo asumes con aparente enfado o con risa nerviosa (Mejor la segunda); y en todos los casos con enojo por parte del vecino; que a cada rato le toca limpiar, la mierda, de los zapatos de sus hijos cada vez que pisan el andén y/o calle o cuando juegan en el parque. Multa por no recoger los excrementos de su mascota $82.000.oo ¿Incluye la rigurosa orinada del perro?

El nuevo Código Nacional de Policía, requiere de una pronta y extensa divulgación, y no solo en manos de quienes le van a dar aplicabilidad; sino con el apoyo de las Instituciones Educativas, como formadores, y con el concurso de los padres de familia, que si recogen el excremento de su mascota. ¡Felicitaciones!  

Continuando con el asunto que nos ocupa hoy, otra de las quejas que con mayor frecuencia reciben las autoridades de policía, es el exceso de ruido generalmente hasta el amanecer, por fiestas en sus viviendas que trasladan a la calle, parque o parqueadero, en cualquier día de la semana o fines de semana.

El infractor, generalmente no lo reconoce y si lo hace no le importa, viola el derecho a la tranquilidad de los vecinos; se olvida que los que no hacen parte de la celebración tienen que madrugar a trabajar, llevar sus hijos al colegio, cuidar adultos mayores enfermos o en situación de discapacidad; violentando de esta forma la intimidad de los hogares. Multa por exceso de ruido $328.000.oo

En un mismo operativo por parte de la fuerza pública, el valor anterior a cancelar se puede incrementar si se presentan, en el sitio, otras situaciones como: hacer necesidades fisiológicas en espacio público: calle, parque. Multa $736.000.oo; agredir, irrespetar o desafiar a un policía. Multa $657.000.oo; iniciar una gresca o pelea en espacio público. Multa $160.000.oo y agredir a miembros de la comunidad LGTBI. Multa $657.000.oo


Lo anterior significa que en medio de una francachela; usted o su comitiva “clasifican” para un costo adicional a lo que le costó esa rumba; que fácilmente alcanzaría los $2.538.000.oo y si se acelera termina en Berlín ¿Cómo le quedó el ojo?  Amanecerá y veremos. 

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