Que se van a cometer abusos por
parte de los encargados policiales, al hacer cumplir la ley, es una posibilidad
y tal parece ya se han presentado casos; algunos registrados en vídeos en las
redes sociales; esa conducta, el exceso, está implícita en la naturaleza humana.
Sino recordemos, el caso reciente,
el accidente de tránsito que protagonizó, un médico anestesiólogo, en estado de
alicoramiento cuando, tal parece, se dirigía para prestar
sus servicios profesionales en el Hospital Departamental de la Ciudad.
Regresando al asunto que nos
ocupa hoy. Como era de esperarse, no se hicieron esperar las quejas y las
demandas - por la aparente violación de algunos derechos constitucionales - a
la expedición de la ley 1801 de Julio 29 2016
“por medio del cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”;
léase bien y “convivencia”.
Para entender su alcance, debemos
tomarnos el tiempo para leer, por lo menos, el artículo segundo (2) de esa ley.
Objetivos específicos; le recomiendo para animarse empiece con los primeros
tres, de los seis, numerales a saber:
1. “Propiciar en la
comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio público,
áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan lo
público”.
2. “Promover el respecto, el
ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los derechos
correlativos de la personalidad humana”.
3. “Promover el uso de
mecanismos alternativos, o comunitarios, para la conciliación y la solución
pacifica de desacuerdos entre particulares”.
En esa rápida lectura nos encontramos
con gran parte del espíritu de esa ley, allí quedan marcados los pasos para alcanzar la
convivencia pacífica entre todos los colombianos.
Y no es otra cosa; que
aplicar el sentido común, la paciencia y la tolerancia - mucha tolerancia - en
la forma como debemos interactuar, siempre en armonía, con todas las personas, con
el entorno que afecta para bien o para mal el medio ambiente y la relación con
los animales, en una cada vez más compleja sociedad camino del postconflicto.
De hecho el día 29 de enero
fecha en que empezó a tener vigencia la citada ley, el Presidente de la
Republica, Juan Manuel Santos Calderón, en las redes sociales aclaraba: “No es
para encarcelar a más gente. Sí es para prevenir y evitar que problemas de
convivencia se conviertan en asuntos penales”.
Para entrar en materia señalemos,
sin más detalles, uno de tantos casos, aparentemente triviales, pero con consecuencias
extremas.
Con seguridad no era la
primera vez que la explosiva mascota, cuidada por su temperamental amo, todas
las mañanas, en la calle o en el parque, hacía de las suyas; tampoco lo era el
reclamo del vecino, por el excremento que dejaba exactamente frente a su casa.
Solo faltaba que, ese nefasto
día, este último perdiera los estribos y agrediera físicamente a la mascota; y
como consecuencia, de ese acto también irracional perdiera la vida.
La escena anterior nos lleva
a formularnos la primera pregunta ¿Cuántas personas están recluidas en una
prisión? Pagando su condena, por homicidio, porque la mascota depositó, y el dueño
no recogió, los excrementos en espacio público; hecho que desencadenó una tragedia
para dos o más familias. Un botón basta de muestra, los demás a la camisa.
Más allá de la doctrina y la
jurisprudencia que sobre este tipo de casos, y de otro tipo, de intolerancia o
ausencia de urbanismo se intente reglamentar; lo que contempla la ley es velar por
prevenir brotes de violencia o malos hábitos que atenten contra los principios
y valores de una sana sociedad, medidos a través de la seguridad y convivencia ciudadana.
Para lograrlo, ya sea a través
de medidas preventivas o coercitivas es la
necesidad de partir del principio que los deberes y derechos de toda persona,
terminan donde comienzan los de sus semejantes. Así de sencillo.
De lo contemplado en esa nueva
ley se hace hincapié en palabras y conceptos como: libertad, espacio público,
dignidad, deberes, derechos, conciliación y solución pacífica de desacuerdos;
que según nuestro criterio miden el grado de educación para la tolerancia que
lleva a la convivencia pacífica entre los diferentes integrantes de una diversa
y compleja comunidad. ¿Cómo entenderlo, como practicarlo?
Difícil, pero no imposible,
es intentar medir el grado de paciencia y tolerancia ya marcado en el ADN
conductual de una sociedad violenta que enfrenta retos desde hace más de 50
años.
Hoy tan definitivos para
alcanzar una paz estable y duradera; y a la que muchos se oponen ya sea por
negocio, por alcanzar réditos políticos o por simple analfabetismo político y
social.
Si intentáramos un cambio de
paradigma, solo desde lo sociológico o antropológico, se requerirían miles de
horas en más estudios, postgrados, seminarios, talleres o conferencias, para intentar
cambiar, en la sociedad, ese chip violento; seguramente sin mayores resultados.
Para la gran mayoría,
sumidos en un especial tipo de analfabetismo social y desde lo conductual; es
bien complejo intentar entender cómo piensa uno acerca de si mismo, de las
otras personas y del mundo que le rodea.
Y como lo que uno hace,
afecta de manera positiva o no los pensamientos y los sentimientos de las demás
personas que interactúan en una compleja comunidad como la nuestra donde la ira,
la desconfianza, la venganza y el “miedo ambiente” son el pan nuestro de cada día.
Frente a esta cruda realidad
queda otra salida - como la ley 1801 de 2016 - para crear mecanismos de
prevención y control, sin ser coercitivos, pero si correctivos a través de las
denominadas multas, que en primera instancia son pedagógicas; para luego
castigar el bolsillo del infractor para así evitar más tragedias como en el
pasado.
De hecho los problemas de
convivencia, no son nuevos y se registran desde el comienzo de la civilización
y operaban bajo el principio del más fuerte, liderazgo, que terminaba
obteniendo poder político, económico y religioso; recordemos, como ejemplo, las
llamadas Ciudades Estado en la Grecia antigua como Esparta y Atenas; y regidas
con rigurosos códigos de convivencia.
Regresando al presente, para
lograr - la convivencia - no se necesita haber alcanzado un alto grado de conciencia,
como los iluminados, para entenderlo retornemos el anterior ejemplo…
Si sueltas, todos los días,
tu mascota en el parque ella nunca dejará sus excrementos frente a tu casa - de
hecho no se lo permites - sino lejos de allí o frente al andén o casa de tu vecino; por aquello que el perro siempre intenta marcar su territorio. Entonces ¿Por
qué, no recoges tu excremento - si la mascota es tuya también lo son sus deposiciones - si sabes que va a causar molestias?
Esa incómoda situación…También recuerda que, como evidencia te pueden estar filmando o tomando una
fotografía, al ser descubierto - sin el “popo” en la mano - en el mejor de
los casos, lo asumes con aparente enfado o con risa nerviosa (Mejor la segunda);
y en todos los casos con enojo por parte del vecino; que a cada rato le toca
limpiar, la mierda, de los zapatos de sus hijos cada vez que pisan el andén y/o
calle o cuando juegan en el parque. Multa por no recoger los excrementos de su
mascota $82.000.oo ¿Incluye la rigurosa orinada del perro?
El nuevo Código Nacional de
Policía, requiere de una pronta y extensa divulgación, y no solo en manos de
quienes le van a dar aplicabilidad; sino con el apoyo de las Instituciones
Educativas, como formadores, y con el concurso de los padres de familia, que si
recogen el excremento de su mascota. ¡Felicitaciones!
Continuando con el asunto
que nos ocupa hoy, otra de las quejas que con mayor frecuencia reciben las
autoridades de policía, es el exceso de ruido generalmente hasta el amanecer,
por fiestas en sus viviendas que trasladan a la calle, parque o parqueadero, en
cualquier día de la semana o fines de semana.
El infractor, generalmente
no lo reconoce y si lo hace no le importa, viola el derecho a la tranquilidad
de los vecinos; se olvida que los que no hacen parte de la celebración tienen
que madrugar a trabajar, llevar sus hijos al colegio, cuidar adultos mayores
enfermos o en situación de discapacidad; violentando de esta forma la intimidad
de los hogares. Multa por exceso de ruido $328.000.oo
En un mismo operativo por
parte de la fuerza pública, el valor anterior a cancelar se puede incrementar
si se presentan, en el sitio, otras situaciones como: hacer necesidades
fisiológicas en espacio público: calle, parque. Multa $736.000.oo; agredir, irrespetar
o desafiar a un policía. Multa $657.000.oo; iniciar una gresca o pelea en
espacio público. Multa $160.000.oo y agredir a miembros de la comunidad LGTBI.
Multa $657.000.oo
Lo anterior significa que en
medio de una francachela; usted o su comitiva “clasifican” para un costo
adicional a lo que le costó esa rumba; que fácilmente alcanzaría los $2.538.000.oo y si se acelera
termina en Berlín ¿Cómo le quedó el ojo?
Amanecerá y veremos.
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