sábado, 1 de marzo de 2014

CIERRE VIGENCIA 2013… ¿DEFICIT Y/O SUPERAVIT FISCAL?


Para el ciudadano del común, en la ciudad de Cartago en el Norte del Valle, que hace veinte años pagaba con gusto y oportunamente sus impuestos - hoy no estamos seguros si aún lo hace, paga menos o está esperando que algo cambie para bien del municipio - le era muy difícil, sino imposible, entender el porqué año tras año todos los Alcaldes (incluyendo los que actuaban en encargo) anunciaban crecientes déficits; luego del ejercicio juicioso del cierre presupuestal, contable y el posterior cruce de esas cuentas con los saldos en caja y bancos de la tesorería; situación que hace crisis desde el cierre fiscal de 2007.

Citemos un solo ejemplo; razones de peso tenía y tiene el quejoso, Abogado Carlos Tulio Trujillo Bravo, cuando manifestaba, hace pocas semanas, su rechazo por la pérdida de aproximadamente $2.100 millones de pesos - entre Septiembre de 2007 ($1.071.605.453.oo) se presume para terminar de cancelar nominas y marzo del 2008 ($1.028.394.547.oo).

Recursos fondeados, en el Banco, con destinación especifica para el Fondo Territorial de Pensiones (FONPET) creado en agosto 1 de 2001 y atendiendo las directrices del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en razón a lo firmado en el Acuerdo de Reestructuración de Pasivos y por lo dispuesto en la Ley 550 de 1999; y que a la fecha según el mismo Ministerio existe un pasivo pensional (déficit) de más de $73.000 millones de pesos; pero ésta es otra historia que analizar en otra oportunidad y en su debido momento.

Resignado, disgustado aceptando el fallo, después de una larga espera y luego de agotada la etapa procesal probatoria, que resultó favorable para la pasada administración y con auto de archivo definitivo.

Ese esperado desenlace que, ahora bien entendemos, tal parece obedece a una errónea motivación de la queja por parte del ex magistrado; guiado en su sana intención de darle luz al proceso le dió un errado enfoque, asunto donde finalmente se concluye que la Procuraduría Provincial, interpretando los argumentos y las pruebas, actuó en derecho.

Justo o no… Ese es un caso, como otros, donde una cosa es lo que dicta la proposición positiva - lo que es - y otra bien diferente la normativa - el deber ser - ésta última en la que se apoyan, los que interpretan, la doctrina y la jurisprudencia. Para este caso e irónicamente para él “Dura es la ley, pero es la ley”

Lo anterior, como ahora, nos lleva a concluir que los principales actos de corrupción; no son planeados, pero si son ejecutados, por funcionarios incompetentes que los lleva a desconocer las posibles faltas administrativas, fiscales y penales que se puedan derivar de sus ingenuas y/o temerarias actuaciones, que generalmente quedan al amparo del silencio administrativo.

A renglón seguido debemos reconocer en especial por el uso masivo de las redes sociales, que ese reiterado mutismo hoy es imposible de mantener, ya que durante los últimos cinco años han surgido decididos grupos de opinión (actúan con pruebas) y controversia (actúan visceralmente), que de alguna manera “ayudan” a la comprensión y difusión de los hechos que atañen a la actual Administración Pública.

Privilegio del que solo disfrutan, aquellos atentos y respetados lectores que, cada ocho días, vencen la flojera intelectual al detenerse unos largos minutos para leer un extenso y en ocasiones “ladrilludo” artículo.

A propósito… Llama la atención, en la opinión pública de la ciudad, el silencio sobre los resultados del pasado cierre fiscal 2013 y en general el manejo presupuestal y financiero en la presente vigencia.

Salvo la reciente noticia del pago, durante el 2013 más la cuota de enero de 2014, por parte del Municipio a INFI Pereira, por valor de $1.496 millones de pesos correspondiente a los intereses - no incluye abonos a capital, la deuda sigue viva - sobre el último empréstito de $16.000 millones; del total aprobado, por el Honorable Concejo Municipal (HCM) como Crédito Vigencias Futuras Excepcionales de un total de $31.000 millones supuestamente destinados al Plan Municipal de Aguas.

Igual acontece - no han sido publicados - con los actos administrativos que deben ser divulgados, por ley, en la página web del municipio www.cartago.gov.co. Ver enlace normatividad: acuerdos, decretos y resoluciones donde se deben certificar los actos administrativos en lo presupuestal y financiero durante la presente vigencia fiscal.

Ese total hermetismo, para nada bueno, por parte de la actual Administración Municipal, la aleja del contribuyente;  ya que aumenta la duda de lo que está sucediendo en especial en materia fiscal y  financiera.

Lo que nos lleva a la siguiente pregunta; con corte al 28 de febrero… ¿Cómo ha sido el comportamiento del recaudo, vía recurso propio, con respecto al año anterior? ¿Subió, bajó o permanece la tendencia?

Si bien es cierto, ese escepticismo, viene desde la pasada administración cuando se comprobó el maquillaje de las cifras en la información suministrada al Departamento Administrativo de la Función Publica (DAFP) citando un solo ejemplo. Cuando en sus indicadores de gestión, mostraban como inversión, lo que en la realidad correspondía a gastos de funcionamiento o nominas paralelas.

Afectando el indicador de la Ley 617 de 2000 en lo que corresponde a la relación 70:30 en los gastos de funcionamiento versus inversión, por supuesto alterando todos los indicadores de gestión en el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP).

Para hoy, parte del análisis se centra en el pasado cierre fiscal; en el sentido de si el ejercicio fiscal  determinó déficit o superávit; empecemos aclarando que en la mayoría de los casos de dan los dos, leamos el porqué:

En el ejercicio que lleva al cierre, de un lado el equipo económico debe identificar aquellos recursos, generalmente del Sistema General de Participaciones o ley 715 de 2001, al igual que los fondos, las tasas y sobretasas no ejecutados durante el 2013 y que deberán adicionarse, con la misma destinación especifica, al nuevo presupuesto como excedentes por ejecutar en el actual periodo. Aquí tipificamos el superávit.

Para el caso puntual de los recursos propios, debemos recordar que pocos días antes del finalizar el año, la administración le informó a la opinión pública que se había superado la meta de recaudo.

De hecho en los corredores de la Alcaldía, se afirmaba que el recaudo estaba cercano a los $20.000 millones, sobre una cifra proyectada por algunos analistas de $25.000 millones. 

También hay que tener en la cuenta, así no afecte el cierre fiscal 2013 pero si los flujos de caja, los supuestos pagos realizados, vía presupuesto, para atender las obligaciones adquiridas según Resolución No. 000438 de noviembre 19 de 2012 cuando se otorgó un plazo a los acreedores de bienes y servicios para nuevamente legalizar sus acreencias dentro del Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero del Municipio. Y que tal parece ya se han hecho pagos.

En ese programa la Secretaría de Hacienda debió establecer un cronograma de pago y cancelar los pasivos adquiridos y no pagados durante las vigencias fiscales 2011 y 2012, aparte del crédito de tesorería por más de $1.700 millones con el Banco de Occidente; a través de los siguientes rubros presupuestales y en el orden establecido: Grupo 1. Mesadas Pensionales, Grupo 2. Servicios Personales, Grupo 3. Trasferencias de Nomina, Grupo 4. Gastos Generales y Grupo 5. Otras Transferencias.

Idéntico ejercicio presupuestal debió hacerse para el presente presupuesto 2014, en la intención de cancelar las obligaciones adquiridas y no canceladas durante el 2013 y que también podrían arrastrar saldos del 2011 y 2012.

En este orden de ideas y con base en el recaudo de casi $20.000 millones de pesos, es poco probable que no se haya presentado un déficit fiscal para el 2013 vía recurso propio.

Consultando expertos en el tema, se llega a dos conclusiones: La primera. Que el contribuyente se acercó y pago sus impuestos, que se recuperó cartera es decir el equipo económico hizo bien la tarea pero quedaron cuentas pendientes por pagar, vía presupuesto, en los grupos (1, 2, 3, 4 y 5) antes mencionados.

La segunda, que no comparto, evitando presentar un nuevo déficit fiscal 2013 e intentando alejarse de una posible intervención del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por acumulación de tres periodos arrastrando déficit, se hayan constituido Cuentas por Pagar sin el respaldo de efectivo en los bancos de la tesorería; cuentas que lentamente presumiblemente se pagarían, como en el pasado, por fuera del presupuesto.

En lo personal considero absurda esa hipótesis, por la gravedad en la constitución de un acto administrativo que no cumple con los mínimos requisitos de ley y tipificando falsedad en documento público entre otras faltas gravísimas.

Peor si el acto administrativo no se ha constituido; en los dos últimos casos, es imposible que la actual Secretaria de Hacienda, la Contadora Pública Adriana Rivera Castaño que recibió el reconocimiento, en el pasado, como la mejor Secretaria de Hacienda a Nivel Nacional durante la administración en Tulua en cabeza del hoy candidato a la Cámara de Representante por  ese municipio el ingeniero Civil Rafael Eduardo Palau Salazar.

Tampoco podemos juzgar a la actual administración municipal, por estar infringiendo alguna norma; ya que el HCM le otorgó facultades especiales y amplias - efugio que viene aprobado solo desde la pasada administración - en materia financiera y presupuestal; en especial lo aprobado en las Disposiciones Generales, artículo décimo(10), facilitando una especie de dictadura fiscal. El último interrogante, ¿Donde quedó entonces el Control Político? Amanecerá y veremos.

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