El pasado
viernes, 2 de septiembre, asistió como invitado, debiendo haberlo hecho en
calidad de citación ¿Ligerezas administrativos intentando aliviarle la carga al
encartado, o error de digitación?
Situación que,
previa la intervención del Gerente de CARTAGÜEÑA DE ASEO TOTAL E.S.P.
Francisco Javier Ramírez Gómez, fue alertada por el HC. Roberto Moreno Posada –
en plenaria del Honorable Concejo Municipal. HCM en la ciudad de Cartago en el
Norte del Valle.
Marcando el
camino que, Ramírez Gómez, durante casi tres (3) largas horas soportó luego de
su breve intervención intentando – tal parece con escasa preparación – desviar
la atención de la problemática, sobre su gestión administrativa, hacia un
problema de CULTURA CIUDADANA.
Y lo intentó, creemos,
debido a que hace parte de la mesa directiva de la SOCIEDAD DE MEJORAS
PÚBLICAS Y CULTURA CIUDADANA CARTAGO. SMPCCC.
Iniciativa
privada conformada por un importante grupo de notables de la ciudad que busca a
través del compromiso ciudadano engrandecer la CIUDAD CON EL SOL MÁS ALEGRE DE COLOMBIA
Surge un primer
par preguntas ¿En su actuar deja constancia de la coherencia que debe de
tener entre lo que piensa, dice y hace; como, supuesto, líder empresarial de la
ciudad que lo vio nacer?
O ¿Está del
lado de la premisa que la empresa se hizo con el único propósito de generar riqueza
para los dueños mayoritarios del capital y en contravía del bienestar de toda la
comunidad cartagüeña?
Tomando como
base su floja intervención… Palabras más, palabras menos… Tal parece intento
aprovechar ese momento ante el HCM porque una cosa es que el citado lo haga en
calidad de “invitado” rindiendo un escueto informe, como lo hizo, para lejos
quedar de mostrar su gestión administrativa que sirviera de radiografía de la SOCIEDAD
DE ECONOMÍA MIXTA QUE DIRIGE.
Y otra muy
diferente que hubiera asistido en calidad de citado; lo que lo hubiera obligado
a contestar una serie de preguntas previamente elaboradas, a través de un
cuestionario, por el HCM.
Que únicamente
buscaba la claridad conceptual y las cifras para entender la problemática
ambiental alrededor del manejo y la disposición final de residuos orgánicos y
no orgánicos que finalmente impactan negativamente el medio ambiente, zanjones,
espejos de agua y en general las fuentes hídricas de la ciudad.
Hoy, solamente,
mencionando la agonía de los dos ríos tutelares como lo son: la Vieja y el Cauca;
y de la urgencia de recuperar la vida acuática en esas dos importantes cuencas y
microcuencas hidrográficas que las alimentan; lo que requiere – de manera
urgente - del compromiso de las AUTORIDADES AMBIENTALES de los
departamentos de Quindio, Risaralda y Valle del Cauca.
Pero este es un
tema para otra oportunidad y que por fortuna ya se encuentra dentro del radar,
para adelantar el respectivo control político por parte del HCM.
Regresando con Ramírez
Gómez…También creemos – la fallida intervención – se debe a que el tema por
tratar ya tenía dos derechos de petición por parte del HCM solicitando
respetuosamente información administrativa, fiscal, financiera y de inversión.
Informe que lamentablemente se destaca por la
ausencia de seriedad, respeto y la responsabilidad profesional con el que se
debía presentar ese escrito – o mejor la respuesta al cuestionario de preguntas
– sobre su gestión administrativa ante el HCM.
Oportunidad que
tuvo, y no aprovecho, insistimos para rendir un informe detallado – así lo
esperaba el HCM - de gestión sobre la actividad administrativa, fiscal, financiera
y de inversión que se encuentra bajo su responsabilidad.
En esa Empresa que
presta un servicio Público denominada CARTAGÜEÑA DE ASEO TOTAL E.S.P., y
que de hecho está reglamentada por la Ley 142 de 1994.
EL
ESPÍRITU DE LA LEY 142 DE 1994
Basta con
acentuar que dicha ley “Establece el régimen de los servicios
públicos domiciliarios. Define el alcance e intervención de la Superintendencia
de Servicios Públicos Domiciliarios”.
PRIMERA
CONCLUSIÓN. E independiente de qué decisión
tome, a futuro, la Corporación edilicia; luego de la breve, y para nada aclarativa,
intervención que más fue una evasión, de su gerente, sobre un cuestionario y de
unos interrogantes que conocía con mucha antelación en relación al
funcionamiento de esa multimencionada empresa de servicios públicos.
Y como
contraparte la acertada, en primera instancia, intervención del HC. Víctor
Alfonso Pineda Amaya, apoyado de abundante información destapó lo que
podríamos denominar, guardando las proporciones, la caja de pandora de
CARTAGUEÑA DE ASEO TOTAL.
Sin perder de
vista la oportuna intervención de los Honorables concejales, HC, que lo acompañaron;
al tiempo de fortalecer, a manera de réplica, las quejas de la comunidad y de
ofrecer el respaldo a los operarios y en general trabajadores directos e
indirectos que, de alguna manera, también se ven afectados.
EL
TAMBIÉN LEGÍTIMO DERECHO A DEFENDERSE
Lejos ser cosa
juzgada – recordemos que toda persona se presume de su inocencia hasta que se
le compruebe todo lo contrario – sin embargo, por lo delicado de algunos de los
temas allí tratados, se creería, que esa posible problemática al interior de
esa empresa podría terminar bajo la mirada de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
Que el HCM se
pronuncie, o no, ya depende del trámite que adelante, o no, de manera correcta esa
corporación, previo los descargos y aclaraciones que diere a lugar y a lo que
tiene derecho Ramírez Gómez en su legítima defensa, cuyo presidente es Luis
Fernando Giraldo Rodriguez, este último se ha caracterizado por la fluidez y
coherencia entre lo que piensa, dice y hace.
SEGUNDA
CONCLUSIÓN. Insistimos, partiendo del hecho
que “Toda persona tiene derecho a ser considerada y tratada como inocente
hasta tanto no se demuestre lo contrario y sea declarada culpable mediante
sentencia ejecutoriada, y ello aplica en todos los ámbitos.”
Quedó entonces manifiesto
que la controversia dio su origen NO en la APTITUD – léase
conocimiento y experiencia - del gerente de CARTAGÜEÑA DE ASEO TOTAL,
sino en su ACTITUD arrogante, despectiva o tal vez torpe e ingenua ya que,
frente a esa dignidad, tal parece ignoró o subestimó, desde el pasado, y durante
su intervención la inteligencia colectiva de los HC.
Quedando claro, al
final de la sesión ordinaria ampliada, que estaban bien preparados, los que
intervinieron, para un debate con altura como era el que todos esperábamos.
Para bien de
los más de 160 mil habitantes de la ciudad de Cartago en el Norte del Valle que
divididos por 47.556 usuarios según la última actualización catastral; nos da
un promedio de 3.36 personas por unidad familiar que paga por ese servicio de
aseo.
TERCERA
CONCLUSIÓN: En ningún momento, desde el pasado,
se ha puesto en tela de juicio a los hombres y mujeres que con dignidad y tal
vez con estoicismo se encargan diariamente e independientemente de las
inclemencias del tiempo – o del rigor de confinamiento derivado de la pandemia -
del barrido, limpieza, recolección, transporte de residuos sólidos, lavado
de sitios públicos y mantenimiento de zonas verdes.
Que, dicho sea
de paso, según el HC. Oscar Alonso Serna Bedoya, no cumple a cabalidad con esos
servicios – según los estándares de gestión - como empresa prestadora de ese servicio
público tanto en el área urbana como en la rural.
De alguna manera
los HC, que intervinieron, dejaron clara constancia que el factor y la valía
de todo ser humano es de trascendental importancia para la operatividad y de la prestación
de ese servicio público de aseo.
LA
COOPPERATIVA ASOCIACIÓN DE RECICLADORES
RECUPERANDO ESPERANZA – ARRE
Y es en este
punto cuando tácitamente, dos de ellos, hicieron referencia a la “Cooperativa
Asociación de Recicladores Recuperando Esperanza – ARRE; por aquello de las
transferencias que por ley debe de hacer trimestralmente Cartagüeña de Aseo
Total a la cooperativa ARRE. ¿Estará cumpliendo con ese requisito que exige,
la ley, mediante acuerdo municipal?
Tema que de
alguna manera abordó, en su momento la HC. Carolina Bermúdez Bustamante,
en relación a su compromiso y apoyo para este grupo humano, del que dependen
tantas familias que vive del reciclaje. ¿Cuál es el número y que beneficios
reciben los asociados de ARRE? ¿Existen cifras sobre en el numero de
recuperadores ambientales en la ciudad asociados, o no, a ARRE?
Reclamamos que si
nos acercamos al moderno lenguaje de los movimientos ambientalistas deberían
denominarse “recuperadores ambientales” en lugar de personal del aseo y mucho menos
personal de la basura – No leer carro de la basura – por ahí empieza la cultura
ciudadana alrededor del medio ambiente
Al respecto también
sugiere la HC Bermudez Bustamante, palabras más, palabras menos… ¿Existe
algún plan de reciclaje para ser socializado ante la comunidad educativa,
sector residencial, comercial, industrial, empresarial, juntas de acción
comunal, o con el creciente sector gastronómico?
Visto hoy desde
la capacitación y la motivación, deber ser, la iniciativa desde lo empresarial
que cumpla para con el factor humano el: “potenciar la capacidad de
aprendizaje, de motivación, de percepción de los ambientes internos y externos,
de actitudes y valores y de emociones entre otros”.
En otras
palabras “Los factores humanos constituyen las características físicas,
psicológicas y sociales que afectan la interacción humana con los equipos,
sistemas, procesos, otras personas y equipos de trabajo.” Fuente: www.ocimf.org
CUARTA
CONCLUSIÓN: Dejaron claro los HC que,
intervinieron en el debate, velarán por el bienestar integral de todos los
operarios y empleos indirectos que hacen parte de planta de cargos de la
multimencionada empresa prestadora de un servicio público y de los asociados a
la cooperativa ARRE.
LA
PESADA CARGA LABORAL DE LOS OPERARIOS EN VÍA PÚBLICA
Continuando con
la lectura que le hicimos, al debate sobre el control político que desde tiempo
atrás viene intentando realizar la Corporación edilicia; de hecho, debiendo
acudir a dos (2) derechos de petición uno de la corporación y otro del HC. Carlos
Alfonso Collazos Serna.
Consideramos,
insistimos, que no es necesario referirnos al “informe de gestión” presentado
por, Ramírez Gómez, por considerar que no presentó un “Informe” y mucho menos
mostró la gestión administrativa, fiscal, financiera y de inversión con el propósito
de mejorar el servicio y aliviar la pesada carga laboral de sus operarios en vía
pública realizada al cierre de la vigencia fiscal 2021 o con corte al 30 de
junio de 2022.
Simplemente evadió
responder el cuestionario que de mucho tiempo atrás, tal parece durante lo
corrido del año, debía resolver para aclarar las dudas del HCM, hoy motivo
de reproche por parte no solo de esa Corporación sino de la opinión pública en
general.
UN
CONCEJO MUNICIPAL OXIGENADO, TERMINANDO ESTE MANDATO
Lo siguiente que
debemos reconocer es que los cuatro (4) HC que entraron en reemplazo de los
que, por diferentes razones y nuevas aspiraciones políticas, renunciaron a su
curul.
Consideramos le imprimieron
un mayor nivel de debate con carácter, estudio y compromiso para con la ciudad,
que como sumatoria lleva al conocimiento de los desafíos de Ciudad Región Norte
vallecaucana; y que los hace ver como dignos representantes de la comunidad que
los eligió.
Por fortuna,
también, quedó en el lejano pasado esa época en la cual se autoimponía esa
“cultura traqueta” que aparentemente había calado hondamente en la sociedad colombiana
y por ende la Cartagüeña; que de alguna manera y en algunos casos convirtiendo
el HCM en un escenario más para demostrar el poder político, económico y social
que habían alcanzado.
En todos los
casos sigue madurando la cosa pública para bien de la sociedad cartagüeña y por
qué no decirlo Norte Vallecaucana.
UNA
EMPRESA QUE PRESTA UN SERVICIO PÚBLICO
Regresando al
debate con altura… Insistimos en deber subrayar la destacada intervención del
HC. Víctor Alfonso Pineda Amaya, y de los concejales que intervinieron en
esa sesión ordinaria ampliada.
Ya que con
carácter y criterio y lejos de utilizar ese coloquial “lenguaje políticamente
correcto” útil para conservar o conseguir votos… del que consideramos en
ocasiones convierte - haciéndole perder fuerza deliberatoria - el debate en un
discurso de exculpación a manera de conciliación y en ocasiones facilitando la
errónea impresión de estar dándole, el HCM, la espalda al pueblo que los eligió;
no siendo en esta ocasión el caso.
Lo anterior
conclusión, nuestra, no tendría significado sin la confirmación derivada de la
intervención del HC. Aldemar Gómez Hurtado; de hecho, la conclusión, a
la que aludimos en el párrafo anterior, no es nuestra, estas son parte de sus
palabras…
“…como hablo de
ponderación por supuesto hago el reconocimiento público al debate que planteó
nuestro compañero Víctor Pineda… En esta ocasión lo felicito públicamente HC
porque planteo un excelente debate con mucha altura, con esa etapa de
investigación y sin ponerle subjetividad a las conclusiones que eran evidentes
en la presentación…
Es aquí donde
aprovechamos la oportunidad, al tiempo, para invitar para que el HCM continúe
por el camino del “debate con altura” que de hecho exige: dar buen ejemplo como
dirigentes políticos de la CIUDAD DEL TALENTO mediante la preparación,
la actualización y el estudio constante, según los temas vayan siendo
ventilados en dicha corporación.
Contrario opinión
y como lo afirmaba, ese día, la HC Beatriz Helena Giraldo Gómez,
palabras más, palabras menos… “pareciera que los concejales viniéramos aquí
solo a calentar asiento”. Y, tal vez, solo en algunas sesiones tal vez
tenga sobrada la razón.
Partiendo del
deber ser – Continuar con el crecimiento personal y profesional – para que de
esta manera se siga engrandeciendo esa corporación edilicia; donde se espera se
forjen los futuros lideres, sin tacha, de nuestra ciudad para bien de la
región, el departamento y la nación.
Porque
finalmente quienes ganan, en primera instancia, son los Cartagüeños de
nacimiento y por adopción y de paso se valída ese apelativo que recibía en el
pasado, y aún recibe, la ciudad como LA CUNA DEL TALENTO.
LA
ESENCIA DE LA INTERVENCIÓN DE PINEDA AMAYA
Centrándonos en
apartes de la intervención, de Pineda Amaya, en la que logró en una sola frase “SERVICIO
PÚBLICO” contextualizar el deber ser, contrario el querer ser, o mejor la
visión y misión de CARTAGÜEÑA DE ASEO TOTAL E.S.P. como lo es prestar un
servicio público domiciliario.
Servicio público
que debe de ser prestado, en igualdad de condiciones, a 47.556 suscriptores que
cada mes facturado PAGAN el servicio de barrido, limpieza, recolección,
mantenimiento de zonas verdes y transporte de residuos sólidos orgánicos y no orgánicos.
Lo anterior
significa que ese valor recaudado, que proviene del pago de la prestación de un
servicio público – así esté en manos mayoritariamente (85%) de un privado –
está sujeto a la vigilancia y la reglamentación del Estado en este caso
municipal y de la vigilancia de la SUPERSERVICIOS.
Aclarando, sin
tener formación como abogados comerciales, esa sola naturaleza como lo es la fuente
de ingresos se comporta como el pago del impuesto de Industria y Comercio es
decir son dineros públicos, creemos, le OBLIGA rendir informes a la
ciudadanía cartagüeña, pero en especial al HCM cuando este ente de control
político lo requiera o exija; siendo en este momento, esta última la opción
elegida.
De hecho una de
las conclusiones, de Gómez Hurtado, es “.., reconociendo la gravedad de
algunos asuntos que dejó planteado el concejal Pineda yo le propongo a esta
plenaria, muy respetuosamente, le solicitemos al señor gerente se pronuncie,
por escrito, en un informe respondiendo, uno a uno, los planteamientos que ha
hecho el concejal Pineda…”
“…En mi opinión
primero hay que conocer un escrito ya que lo escrito, escrito queda - sin
evasivas por supuesto – muy concreto, porque esa presentación fue
extremadamente (la de Pineda) concreta”.
“…Y frente ha
ese informe final, esta plenaria, tomar una decisión; porque aquí estamos
pasando de castaño a oscuro, gerente…”
ESCALAR
EL INFORME
La realidad que
plantea, Gomez Hurtado, deja claro que dados los “hallazgos” en el informe que
presentó el HC Pineda Amaya, les obliga basados en la legislación que rige al
respecto, es nuestra conclusión, que dicha situación pueda y deba ser del
conocimiento de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS.
PRIMERO
EL CONTROL ESPECIAL
Continuando con
el orden de la intervención, guiados por el protocolo que rige en estos casos interviene,
Pineda Amaya, subraya que lo que se busca es “La citación a control especial”
para que responda a un cuestionario en relación a las preguntas motivo de las numerosas
dudas razonables que surgieron durante la intervención de Pineda.
Y dependiendo de
las respuestas, sin evasivas, decidir en plenaria ESCALAR EL INFORME
para de esta manera evitar algún tipo de sanciones – disciplinarias y fiscales
- a cualquiera de las partes involucradas en especial al HCM.
¿POR
QUÉ REITERADAMENTE SE NIEGA A ENTREGAR INFORMACIÓN?
En relación a
las dos anteriores intervenciones del HC, Moreno Posada, insiste en que el
problema de fondo no es la prestación del servicio por parte de los restantes
178 empleados de la multimencionada empresa de servicio público de aseo.
Sino de la
reiterada negativa de entregar información administrativa, fiscal, financiera,
de inversión, de maquinaria y equipos en funcionamiento o fuera de servicio.
Al respecto, surge
entonces la siguiente pregunta ¿Tiene como sustentar, Ramírez Gómez, gastos
mensuales de casi 12 millones de pesos de un vehículo que tal parece está fuera
de servicio por encontrarse, aparentemente, depreciado contablemente? Presumiblemente
Utilizado para el lavado de parques y zonas públicas. Ahí le colocamos ese
trompo en la uña…Atento y respetado lector.
Lo más
preocupante según el HC Moreno Posada fue la negativa de entregar
información a una auditoria externa contratada para ello; lo que de por si
lleva a la siguiente pregunta ¿Qué es lo tan delicado que Ramírez Gómez,
intenta ocultar o es un simplemente una reacción de su notoria egolatría?
¿O simplemente
es el capricho y la arrogancia de un gerente que en su actuar considera que
está por encima del escrutinio público o, peor aún, de la atención a la amplia legislación
que rige al respecto y para este tipo de casos?
UN
JUEZ COLEGIADO
Es más, hay que
perderle el temor, tal vez por prudencia a la forma como lo plantea, Gómez
Hurtado, que en algunos casos se defina, la opinión pública o los mismos
corporados, en relación a las actuaciones – en derecho - del HCM lo que pueda
ser visto como un JUEZ COLEGIADO; porque en esencia, es nuestra lectura,
lo es y más allá que esté regido y reglamentado por una serie de artículos y
parágrafo. léase Reglamento Interno.
ACTOR
CLAVE EN LA GESTIÓN DEL DESARROLLO
Siendo la razón
y el propósito fundamental de ello RECONOCER que, aparte de la DIGNIDAD
que representan; el HCM es un actor clave en la gestión del desarrollo del
municipio; y debe de tener “dientes” para hacerse valer en relación al control
político que le compete y que no puede delegar por ninguna circunstancia.
Surge entonces
la pregunta del millón ¿Está esa sociedad de economía mixta sujeta al
control político del HCM? ¡Por supuesto que sí! Maxime cuando hay dudas
razonables sobre el destino que se le está dando a esos recursos que provienen
del pago de un impuesto, tasa o una contribución; es decir salen del bolsillo
del ciudadano Cartagüeño y en algunos casos sacrificando calidad de vida.
Recordemos que
por lo menos hay 15 millones de colombianos que solo consumen un alimento
diario y el 42% de la población se encuentra en situación de pobreza monetaria.
Y no es que al
ciudadano del común no le guste pagar el servicio público de aseo; todo lo contrario,
nadie se queja o mejor en la actualidad la opinión pública se encuentra inconforme.
LA
TARIFA DEL SERVICIO DE ASEO
Y es en este
punto es donde debemos detenernos y preguntarnos si ¿Es justa la tarifa impuesta,
por la prestación del servicio de aseo, aplicada por estrato socioeconómico?
Que tengamos
conocimiento, salvo quién o quiénes se hayan detenido a estudiar dicha formula
tarifaria - de si es justa, o no- que se
aplica por estrato social, hoy, tal parece, motivo de reproche por parte del
ciudadano del común.
¿Pagarían,
proporcionalmente, más los estratos uno (1), dos (2) y tres (3) que los otros
estratos incluyendo el comercial? ¿Se aplican correctamente, o no, los
subsidios a esos estratos antes mencionados en relación a esta tarifa? De no
ser así ¿Dónde van a parar esos subsidios?
¿SE
REQUERE DE OTRA EMPRESA DE ASEO PARA COMPETIR EN LA CIUDAD?
Sin perder de
vista que se está planteando una deficiente prestación del servicio de
recolección de residuos sólidos: orgánicos e inorgánicos, parte de la solución
y a iniciativa de la citada empresa era adelantar campañas pedagógicas en
empresas, escuelas, colegios, barros y comunas promoviendo la concientización
en el adecuado manejo de las basuras y de los escombros. ¿En la práctica lo han
hecho y en el mejor de los casos no lo siguen haciendo?
Igual tenemos
que reconocer que el ciudadano del común sigue sacando sus mascotas para que
depositen sus desechos en andenes, parques y avenidas; igual siguen arrojando
escombros en sitios públicos.
Algunas familias
continúan sacando a destiempo las basuras o las arrojan a la calle en un lugar
diferente a la residencia en un acto de barbaridad ciudadana.
¿TERMINAR
CON EL MONOPOLIO DEL ASEO EN LA CIUDAD?
También creemos
acierta el alcalde municipal, Víctor Alfonso Álvarez Mejía, cuando, y desde el comienzo
de su mandato, llama a la reflexión sobre la posibilidad de invitar a otra
empresa privada para que cubra parte del servicio de recolección de residuos
sólidos y escombros en la ciudad.
Ya que, tal
parece, la actual – Cartagüeña de Aseo Total E.S.P - no está prestando, ese
servicio público, como lo ordena el ordenamiento jurídico y los protocolos que
regulan el manejo ambiental en la ciudad con el SOL MÁS ALEGRE DE COLOMBIA.
Un nuevo modelo
de competencia sería muy útil y beneficioso; entonces ahí le colocamos este
delicado tema del barrido, limpieza, recolección, transporte de residuos
sólidos, lavado de sitios públicos y mantenimiento de zonas verdes a la
opinión pública, a la institucionalidad y a los señores de Cartagüeña de Aseo
Total ¿Mejorará la prestación del servicio? Amanecerá y veremos.
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