sábado, 23 de noviembre de 2019

DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS 2020


La palabra presupuesto, es un supuesto, que sugiere el manejo eficiente, eficaz y efectivo de los dineros públicos con que contará el Municipio de Cartago en el Norte de Valle para la vigencia fiscal 2020.

Recursos propios, de capital o transferencias – sean departamentales o nacionales - de un municipio ubicado, según planeación nacional, en cuarta (4) categoría, debiendo estar en segunda, y que no son otra cosa que la estimación o certificación de unos ingresos, que el Alcalde – como ordenador del gasto - destina para funcionamiento (pago de nóminas entre otros) e inversión (obras para la comunidad).

Según la metodología utilizada en la elaboración del plan financiero se tuvo en la cuenta lo estimado del crecimiento de la economía entre el 3 y el 5% fijado por el Banco de la República.

Aunque consultores extranjeros indican que Colombia no crecerá más allá del 3.4% previendo la desaceleración de estas economías de la región; derivado de las guerras comerciales que sostiene USA, la volatilidad del precio del petróleo, la flotante banda cambiaria del dólar; más la actual inestabilidad política y social del gobierno de Duque.

Sobre la base oficial se presumió un crecimiento del 3.5% para el cálculo del predial y del 5% para industria y comercio, dando origen a la estimación de los Ingresos Corrientes de Libre Destinación por valor de $37.279.289.696.oo basados en los parámetros de la ley 617 de 2000 que establece unos gastos de funcionamiento que no excedan del 71% (sic).

Sin embargo hay que ir más allá de ese concepto, el presupuesto es una poderosa herramienta - si se utiliza adecuadamente – de planificación y control (político, económico y fiscal) útil para diseñar y proyectar políticas públicas que le apunten a bienestar de una sociedad en su mayoría joven que reclama pacíficamente sus derechos constitucionales.

También recordemos que casi el 70% de los recursos ingresan en el primer trimestre del año, por aquello de los descuentos por pronto pago. ¿Ameritaría modificar la estrategia de recaudo vía incentivos tributarios?

En este orden de ideas pretendemos analizar, con base en la información suministrada a la opinión pública, el presupuesto aprobado en días pasados por el Honorable Concejo Municipal; quedando aforado en la suma de Doscientos mil Seiscientos Veintisiete Millones, Ochocientos Sesenta y Dos mil Quince pesos moneda corriente ($200.627.862.015.oo).

De ese total de ingresos: el 95% corresponden a la administración central (del presente análisis se excluye Incavi y el Fondo Pensional) por valor de $190.243.746.525.oo.

De la anterior cifra solo el 22.56% corresponden a los Tributarios cuya cifra toca el techo de los $42.928.099.486.oo millones de pesos (recaudo estimado mediante el pago de impuestos directos e indirectos por parte del contribuyente).

De estos últimos, denominados recursos propios, $23.427.571.557 corresponden a lo recaudado por concepto de predial unificado e industria y comercio que equivalen al 54.57% de los tributarios; en el informe no está detallado cuánto corresponde a las vigencias anteriores por esos dos conceptos).

Ahora si hacemos el mismo análisis – predial e industria y comercio - , visto desde los Ingresos Corrientes (la liquidez) que ascienden a $187.793.256.818.oo solo el 12.47% provienen de esas dos fuentes; se excluye el valor de la sobretasa a la gasolina por valor de $4.961.323.913.oo pesos; porque tal parece está destinada al pago del servicio de la deuda, tema este que se tratará en el presupuesto de gastos.

El anterior primer análisis indica una enorme fragilidad en las finanzas públicas del municipio para atender los gastos de funcionamiento e inversión; es decir, en su funcionalidad, no es autónomo; depende de otras variables externas para el normal funcionamiento;  lo que se ve reflejado en la actual categoría del municipio cuarta (4) pudiendo estar mínimo en tercera (3).

La razones son muchas desde el plano especulativo; los iniciativas para mejorar recaudo se centran en la actualización de las diferentes bases de datos, políticas que incentiven la recuperación de cartera morosa, combatir la evasión y elusión de impuestos entre otras.

Requiere también de la creatividad e iniciativa, además de la continuidad y el  diseño de nuevas estrategias de recaudo, cuya competencia directa recae sobre los departamentos de sistemas, contabilidad, presupuesto y rentas.

Como ya lo habíamos mencionado anteriormente los establecimientos públicos descentralizados como: Incavi con $2.452.270.340.oo cuyos ingresos  principalmente dependen de las transferencias que recibe de la administración central.

Lo mismo sucede con El Fondo de Consolidación del Patrimonio Autónomo Pensional aforados en $7.931.845.150.oo pesos cifra esta última fondeada en el fondo pensional de la nación y que tal parece estaríamos al debe. ¿Actualización de las bases de datos? Para corregir el desequilibrio.

La otra, la más importante, fuente de ingresos certificados, son las transferencias por valor de $139.741.617.463.oo pesos y que corresponden al 74.41%  de los ingresos corrientes. Lo que significa una alta dependencia este tipo de ingresos (transferencias)  para el funcionamiento y la inversión del ente territorial.

Es más la fuente de ingresos, del nivel departamental, es la que en las últimas administraciones ha permitido llevar a cabo inversiones en el sector de infraestructura, en este presupuesto quedó aforado con $2.000.oo y toda vez llegue la certificación serán adicionados esos recursos al presupuesto tanto de ingresos como de gastos.

Desglosando las transferencias: el 2.37% por valor de $3.317.238.064.oo corresponden a libre destinación, generalmente reservadas para funcionamiento por aquellos municipios con una población menor o igual a 100.000 habitantes; e incluido el nuestro con un poco más de 160.000 habitantes, cifra ésta muy diferente a la suministrada por el Dane de casi 135.000 personas. ¿Alguna relación entre población y transferencias? Ver ley 617 de 2000.

Finalmente las del Sistema General de Participaciones (SGP) por valor de $62.262.646.092.oo y que corresponden al 44.55% del total de las transferencias; que según la ley 715 de 2001 su destinación es: el 58.5% para educación, el 24.5% para Salud y 17% para propósito general otros sectores: Agua potable y Saneamiento básico.

Existen otros rubros presupuestales como Fondo Local de Salud $71.537.960.821.oo sin situación de fondos, retiros Fompet por $2.100.487.707.oo ambos con destinación específica.

Finalmente aparecen Otros no tributarios por valor de $154.314.352.oo Rendimientos por Operaciones Financieras por valor de $350.000.000.oo cifra que sirve más de bisagra en la elaboración del presupuesto y con el propósito de libre destinación.

Concluyendo, el presupuesto recoge y cuantifica las diferentes políticas públicas diseñadas y contempladas inicialmente en el programa de gobierno, llevadas al plan de desarrollo, año tras año, a través del plan operativo anual de inversiones, plan financiero, marco fiscal de mediano plazo y lo más importante mediante la aplicabilidad del Plan Anual Mensualizado de Caja; este último orienta – al ordenador del gasto -  para el: que, como, cuando y donde invertir con base en el recurso mensual disponible en la caja y bancos de la tesorería. Amanecerá y veremos.  

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