Los criterios que fija la
ley 617 de 2000 (normas para la racionalización del gasto público) para
categorizar municipios y departamentos tienen que ver con la eficiencia fiscal
y administrativa, la población y la capacidad de mejorar el recaudo, vía
recursos propios, que para efectos técnicos se denominan Ingresos Corrientes de
Libre Destinación (ICLD).
Dicho en otras palabras, la
ley les ordena a los Alcaldes que mejoren el recaudo de sus recursos propios a través
de los impuestos y en especial el impuesto predial, industria y comercio y la
sobretasa a la gasolina.
Aunque la norma técnica señala
que para los municipios solo se tendrán en la cuenta los dos últimos criterios
es decir población y los ICLD, la realidad podría ser otra y más aun si se
interpretan las posteriores como la ley 819 de 2003.
En general el espíritu de
las leyes que tienen que ver con el adecuado manejo de las finanzas públicas apunta
a generar autonomía y auto sostenibilidad en el largo plazo a los diferentes
entes territoriales para de esta manera no depender de las Transferencias reglamentadas
en la ley 715 de 2001.
Dicho en otras palabras, más
allá de la demagogia y de discursos enérgicos y ventijuleros, los Alcaldes deben
de preocuparse año tras año en mejorar el recaudo, por mencionar un ejemplo: recaudar
$100 pesos en el primer año de gobierno; a $120 en el segundo y así
sucesivamente para entregar las arcas municipales en el último año del periodo
fiscal con $160 pesos de recaudo; pero la realidad es que tal parece y de acuerdo
a las estadísticas disponibles la tendencia es el manejo en el recaudo de
cifras regresivas.
De igual manera deberá y
dependiendo de la categoría que para nuestro caso particular es la tercera
(hasta ahora), destinar $70 pesos a funcionamiento y los restantes $30 pesos para
inversión y si desea pasar sin pena ni gloria terminar su periodo constitucional
con la misma relación 70:30
En el peor escenario financiero
que “ascienda negativamente”, por circunstancias adversas y ajenas a su
voluntad, es decir pase de tercera en el primer año a quinta en el último año del periodo de gobierno
2012-2015 situación no deseable porque el que pierde es el municipio y no el político
de turno.
Aunque finalmente en
realidad la que pierde es la clase política tradicional ya que le hace campaña al voto
de opinión, voto en blanco, al no abstencionismo.
La última auto
categorización del Municipio de Cartago en el Norte del Valle decretada en el 2011, la ubicó en tercera categoría, cifra que corresponde
al recaudo de los impuestos durante la vigencia fiscal 2010; dicho sea de paso tal
vez el mejor año fiscal (en materia de recaudo de impuestos) que ha tenido el municipio
durante los últimos 17 años.
Queda claro que, para
nuestro caso, los Alcaldes deben hacer la categorización con base en la certificación
que le remite el Contralor General de la Republica basado, éste, en la certificación
que el Municipio le hizo sobre el total de los ICLD recaudados en el periodo
fiscal 2011 y sobre la relación entre los gastos de funcionamiento y estos últimos
ingresos.
Con esa información, el gobernante de turno, debió realizar la certificación
a más tardar el 31 de Julio de este año.
Si el respectivo Alcalde, por
algún motivo no la expide, dicha certificación será expedida por el Contador General
de la Nación en el mes de noviembre; en este orden de ideas tocará esperar a noviembre,
si se conserva la tercera o pasamos 4 categoría, de hecho no se puede bajar más
de una categoría entre cada vigencia fiscal.
Técnicamente ascender de categoría
significa que el municipio es eficiente, eficaz y efectivo en el recaudo y administración
de sus recursos propios. Pasar de 3 a 4 es todo lo contrario.
Más allá que volvamos a
cumplir o no con la ley 617 de 2000 o practicar desde lo jurídico con la utilización
de los recursos de la ley 715 de 2001 o acompañarse en la aplicabilidad de la
ley 819 de 2003; lo que realmente acontece en lo práctico y en el sentir del
ciudadano del común es que lentamente, y visto con otros ojos, cada día que
pasa, nuestro municipio languidamente baja más de categoría y no necesariamente en
lo reglamentado en la ley 617 de 2000. Veamos el porqué:
Primero: A nadie tomo por
sorpresa, muchos afirman que nadie movió un índice para evitarlo, salvo el
viaje del Alcalde el abogado Álvaro Carrillo a Bogotá para evitar el cierre de
las oficinas de la DIAN en la ciudad, pero ya era tarde.
Pero el hecho que haya
sucedido, el cierre definitivo de dicha oficina, significa y se convierte en el enésimo
campanazo de alerta desde Bogotá; pues
tal parece algunas cosas aparentemente no gustan en la forma como están funcionando
en la Ciudad de Cartago en el Norte del Valle; lo escribo apegado al sentido común
y a lo que se escucha en parques, plazas, avenidas y en general en los sitios públicos.
El gobierno central cierra una
dependencia de esas características, por muchas razones y entre otras porque el
negocio no es rentable, porque el volumen de trabajo es muy bajo o no cumple
con los mínimos estándares de eficiencia y eficacia administrativa y aquí estoy
refiriéndome a la función que cumplía y que en términos parroquiales significaba….velar
que tanto las personas naturales como jurídicas paguen los impuestos
debidamente.
Segundo: Algunas Empresas
Industriales no se han asentado en la ciudad porque les sale más costoso operar
dado los altos costos de la infraestructura de servicios públicos domiciliarios.
Tercero: Muchos comerciantes
y empresarios han migrado a ciudades intermedias vecinas porque desde el punto
de vista tributario tienen mejores condiciones para operar.
Cuarto: Seguimos bajando de categoría
porque queda claro que estadísticamente la población Cartagüeña contrario a lo
esperado después de la última actualización catastral está pasando de estrato 3
al 2 y no necesariamente por el menor valor de sus viviendas de hecho todas
subieron de valor comercial, sino porque el desempleo y por consiguiente el
ingreso per-cápita del ciudadano del común está cercano a la frontera que mide
la pobreza.
Quinto: Finalmente, sigue
bajando de categoría, porque tal parece se acerca el cierre del Instituto Cartagüeño
de Vivienda – INCAVI.
Un dato sobre la Capital del
Departamento del Valle del Cauca, la construcción de vivienda en los primeros
siete meses del 2012 creció 11.4% alcanzando 3.882 unidades, frente al 2011 de
los cuales un poco más del 35% corresponde a VIS (Vivienda de Interés Social). Edición
Diario el País, Sábado - Septiembre 22 de 2012.
Una pregunta para ser contestada
en otra oportunidad ¿En manos de quien o quienes quedará la construcción de la
vivienda de interés social (VIS) en la Ciudad del Talento? Amanecerá y veremos.
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