domingo, 4 de marzo de 2012

EL DENOMINADOR COMÚN DE LOS INSTITUTOS DESCENTRALIZADOS

Realizando una mirada general a una parte de la Institucionalidad y a través de la interpretación y el análisis, y después de muchos años de lidiar con el tema; tratando de ser justos entonces es necesario reconocer que solo hasta ahora empezamos a entender el contenido y la esencia de lo que es la Hacienda Publica; y por supuesto se corren muchos riesgos pero en especial 2 (dos):

Primero caer en juicios audaces (generalmente para darle gusto a otros centros de poder) pero a la vez temerarios basados en la improvisación, ignorancia y arrogancia del que investiga, escudriña, olfatea o fisgonea el actuar y la operatividad misma de la cosa pública.

O caer en juicios paternalistas basados en la flojedad o sumisión del investigador que termina actuando bajo la premisa del “…dejar hacer dejar pasar…”. O con excusas simplistas que ofenden a los que por encargo tienen la obligación de investigar con conocimiento de causa, cuando intentan sugerir que “…eso se hizo pero a mis espaldas…”.

Aparte de esos riesgos y cuando por suerte, aunque muchos afirman que ésta no existe y que dicho evento no es otra cosa que aceptar los retos conscientes que se tiene el conocimiento y la experiencia para hacerlo, debemos de acercarnos a esa realidad (para calificar acontecimientos o hechos circunstanciales debemos de actuar con humildad) buscando no juzgar a seres humanos sino interpretando los mapas de riesgos o transversalidad en funciones y procedimientos.

Centrándonos en el caso que hoy empezando semana nos ocupa, generalmente llegamos a concluir que los sucesos ocurren porque en la mayoría de los casos no se asignaron responsabilidades o se asignaron de manera incorrecta o con dualidad de funciones.

La primera conclusión surge con base en la información recibida por los diferentes medios de comunicación, en la que ya nos podemos hacer una primera idea del funcionamiento de otros entes fiscales y administrativos, que hacen parte del engranaje burocrático con que funciona la Institucionalidad.

Antes de continuar, no perdamos de vista que el Estado es el mayor generador de empleo en las ciudades con menos de 500.000 habitantes.

Y cuando hago referencia a los “otros entes” simplemente estoy señalando al Instituto Cartagüeño de Vivienda – Incavi; El Fondo para la Consolidación del Patrimonio Autónomo Pensional del Municipio y el Instituto de Transito y Transporte de Cartago.

Los otros entes como Teléfonos de Cartago S.A E.S.P. Y Cartagüeña de Aseo E.S.P. si bien es cierto son empresas enmarcadas dentro de la concepción jurídica como de servicio público, ni quitan ni ponen valor agregado alguno (más bien le quitan eficiencia y eficacia) en el acontecer Institucional local.

Hoy no tocaré el tema de las Empresas Publicas Municipales, primero porque según mi concepto no es un Instituto Descentralizado, y segundo por la dimensión de su operatividad obliga a separarle un tiempo especial para su análisis.

Existen otros entes en los cuales el municipio hace parte de su Junta Directiva, como por ejemplo La junta Municipal de Ferias de Cartago y la Plaza de Mercado, siendo estos dos últimos temas que deberá resolver de manera pronta el actual gobernante de los cartagüeños, el abogado Álvaro Carrillo, porque las circunstancias así lo ameritan.

Volviendo al tema central, hay que empezar reconociendo lo que une a Incavi. Fompet y Transito es que son Institutos que dependen para la operatividad del musculo financiero del municipio a través de las transferencias que mensualmente debe de hacer tanto para funcionamiento como para inversión.

También podría atreverme en afirmar que de las tres, la que más esperanza tiene para sobrevivir, eso si e somete a riguroso plan de desempeño empezando por una reestructuración administrativa es el Instituto Cartagüeño de Vivienda, de las otras dos se espera que vuelvan a ser del resorte administrativo del municipio.

Aunque una de ellas y con base en experiencias de otras ciudades podría ser sujeta de una privatización o entregarla en concesión a 10 años siendo el caso del Instituto de Transito y Transporte.

Ésta y la otra Institución definitivamente no se entiende como nacieron a la vida jurídica, en la pasada administración, ya que en su formación se incurrió en errores garrafales de planeación estratégica y operativa como concentrar funciones tan importantes y complejas para el desempeño fiscal y administrativo de las mismos, ya que en una de ellos el mismo funcionario desempeña las funciones de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería. Amanecerá y veremos.

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