domingo, 22 de agosto de 2010

PRESUPUESTO 2011

Dado que el cronograma presupuestal así lo exige, se supone que ya se empezaron a coordinar las reuniones entre los diferentes despachos, principalmente entre el Departamento de Planeación y la Secretaría de Hacienda Municipal con el objetivo de preparar y elaborar del presupuesto de ingresos y gastos para la vigencia fiscal de 2011.

Es el Alcalde Municipal (artículo 346 de la constitución política) el responsable de preparar anualmente el presupuesto de rentas y de apropiaciones y presentar oportunamente el proyecto de presupuesto al Honorable Concejo Municipal (antes del 5 de noviembre de 2010).

Entonces es ésta institución, encargada del control político, la que debe de surtirle los tramites de ley, amparada en el decreto 111 de 1996 (Estatuto Orgánico de Presupuesto Nacional). La cual delegara en la comisión de presupuesto para que lo estudie y discuta al interior de la misma y si hay objeciones proceda a hacer las recomendaciones si es el caso y solicitar las modificaciones pertinentes al ejecutivo (el cual deberá acatarlas, si tienen un sustento económico o jurídico que amerite hacerlo).

Una vez surtido todo este proceso, es decir realizadas las modificaciones a que diere lugar, por parte del ejecutivo; dicha comisión procederá a darle el visto bueno y finalmente en cabeza del concejal ponente se procederá a presentarlo para la divulgación y aprobación en plenaria (dándole un primer y segundo debate, en los términos y condiciones establecidos en el reglamento del Concejo y en la ley 136 de 1994) por parte del ya citado órgano legislativo; ya que son normas orgánicas de presupuesto, de estricto cumplimiento y adoptadas por el mismo Concejo Municipal a través de el Estatuto de Presupuesto Municipal que esté vigente a la fecha.

Lo anterior no significa que sean solidariamente respónsales y en su orden solo el Alcalde, el Director de Planeación y la Secretaría de Hacienda; todo lo contrario, la ley claramente señala que la preparación del presupuesto anual se realiza con base en los anteproyectos que se le presentan, al director de planeación, por parte de los órganos que conforman el presupuesto, por supuesto se incluye al Despacho, Concejo y el instituto descentralizado, los cuales deberán de estar listos y presentados (en planeación) por tardar para el próximo mes de Septiembre.

Esto significa que al día de hoy, cada una de las secretarías, subsecretarías, departamentos, el instituto descentralizado y el mismo Concejo, deben de haber preparado sus respectivos planes de compras, programas y proyectos, destinados para el funcionamiento e inversión en cada una de sus dependencias; los cuales debieron de haber sido valorados social y económicamente; determinando su impacto y las fuentes de financiación; es decir deben de haber definido si se van a ejecutar con recursos propios, recursos del departamento y/o recursos de la nación u otras entidades gubernamentales o inclusive mediante recursos provenientes del exterior, principalmente Ongs; la financiación final la determina la Secretaría de Hacienda que es la que maneja el recurso financiero del Municipio.

De igual importancia es la elaboración de los anexos, como lo son: el marco fiscal de mediano plazo, el plan financiero, el plan operativo anual de inversiones y el plan anual de caja; que deberán de ser presentados con el Proyecto de Presupuesto, los cuales se obligarán ha estar listos por tardar para el próximo mes de Octubre; le corresponde como responsables de la coordinación y la presentación final de los mismos, al equipo interdisciplinario conformado por la oficina de Planeación Municipal, con el apoyo de la Secretaría de Hacienda especialmente a través de los grupos de trabajo de Rentas y Tesorería, ya que son las dependencias que disponen de la información histórica.

Ya con toda la información requerida, el Alcalde Municipal, citará a un Concejo de Gobierno Extraordinario para que se discutan y aprueben (en una o dos secciones) mediante acta todos los documentos antes indicados, de no surtirse los mencionados tramites, puede haber objeciones por parte de la comisión de presupuesto, y proceder a devolver el proyecto del presupuesto al ordenador del gasto; en el evento que por algún motivo de carácter político no se señalen estas objeciones, a futuro estas podrán convertirse en hallazgos disciplinarios por parte de los diferentes entes de vigilancia y control.

Pero volvamos al cronograma para la preparación y elaboración del presupuesto; durante los tres primeros meses del año y durante todo el proceso, es el Alcalde el que fija los parámetros y criterios para la elaboración, sustentados obviamente en lo consignado en su programa de gobierno y materializado en su plan de desarrollo (aquí se deben de revisar y ajustar las metas financieras de dicho plan) que debe de incluir las modificaciones que sobre este ultimo se hayan realizado y que llevan el visto bueno del Concejo Municipal, aquí claramente se visualiza la real importancia de dicho órgano legislativo, el poder y la responsabilidad que tiene, amparado en la constitución y la ley.

Tres meses antes de presentar el Alcalde el mencionado proyecto, es decir en el mes de Septiembre, ya la Secretaria de Hacienda, a través de la oficina de rentas, debe de haber estimado el cálculo de las rentas, aquí la tarea más delicada es la proyección de los ingresos vía recursos propios con que contará el Municipio.

Es decir estoy hablando del análisis histórico del comportamiento de todos los ingresos derivados de los impuestos directos e indirectos teniendo especial importancia el recaudo por concepto del predial, industria y comercio y la sobretasa a la gasolina; los otros ingresos básicamente son las transferencias departamentales y nacionales, las cuales estas últimas se distribuyen de conformidad a la ley 715 de 2003 mediante certificaciones a través de los documentos Compes Sociales que expide el Ministerio de Hacienda a través de la Dirección de Apoyo Fiscal.

Aquí se hace necesario llamar la atención en el sentido de no caer en la tentación de realizar proyecciones (vía recurso propio) fuera de la realidad económica del Municipio, primero por la cercanía de las próximas elecciones donde se elegirán Concejales, Alcalde, Diputados y Gobernador; segundo porque la cifra en salarios mínimos legales vigentes no se debe de apartar bruscamente de la ultima certificación que llevó a la categoría tercera al Municipio; y tercero hay que tener en cuenta que el Gobierno Nacional está hablando de un crecimiento económico aproximadamente del 4.5% para la vigencia fiscal de 2010, y donde se recomienda que dicho porcentaje se tenga en la cuenta para servir como punto de referencia en la fijación del techo para el calculo del crecimiento en las proyecciones financieras en materia de ingresos a realizarse o ya realizadas por parte del equipo económico.

Lo menciono por que existe una enorme expectativa, por parte de la opinión pública en el sentido de que el actual mandatario va a entregar el Municipio en segunda categoría; frente a esta variable sicológica exógena, sería desastroso mostrar un presupuesto buscando ajustarlo a dicha posible categoría segunda; ya que existe el enorme riesgo que los flujos de caja reales no tengan el mismo comportamiento con lo presupuestado, lo que generaría un desbalance en la ejecución presupuestal para la vigencia fiscal 2011, ojo con eso no dar papaya.

Para finalizar el análisis sobre las rentas, hay que mencionar que existen algunos impuestos que no tienen recaudo o su incidencia en el total de los ingresos es muy poca debiendo ser su comportamiento totalmente diferente, la razón pudiera ser la falta de gestión sobre los mismos; entonces esa platica, está en el lugar equivocado y el Municipio la va necesitar.

También hay que recordar que el anterior crecimiento en el recaudo de impuestos se debió a una situación coyuntural (actualización catastral) que dentro de los próximos 4 o 5 años no sufrirá cambios, tampoco será mayor el resultado sobre la gestión en la cartera morosa, pues su comportamiento responde a los términos que la misma oficina de ejecuciones fiscales le imprima a las condiciones sobre los pagos convenidos y al seguimiento que se le haga a los mismos, dura esta tarea que no puede salirse del control administrativo.

Para finalizar y tocando brevemente la preparación del gasto, hay que tener presente los porcentajes de cumplimiento en lo concerniente a los gastos de funcionamiento, los cuales fueron acertados para la vigencia fiscal de 2009, ya que según el informe presentado en su momento por el actual Alcalde, donde demostró que disminuyeron; entonces ese comportamiento debe de mantenerse.

Por el lado de los gastos de inversión, se debe tener especial cuidado con los créditos y el valor de las vigencias futuras ya aprobadas, de tal forma que no vayan a impactar negativamente en los flujos de caja para los próximos años, que de no ser adecuadamente apalancados y proyectados se corre el peligro de generar un déficit fiscal, lo que representaría un posible riesgo económico para el Municipio; y que obligaría al ejecutivo, ya finalizando su periodo, a tomar medidas de choque en el sentido de tener que ordenar ajustes negativos (disminuciones) al presupuesto de ingresos y gastos, lo que afectaría de manera directa los indicadores de eficiencia fiscal y administrativa, los cuales son monitoreados por la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico los que son tenidos también en cuenta por parte de estos organismos, para fijar la próxima categoría del municipio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario