Tomando como base las múltiples
“iniciativas” por parte del Honorable Concejo Municipal
(HCM) y/o Alcalde Muncipal llámense: acuerdos municipales, decretos o resoluciones; como en muchos casos,
entregar en comodato algún bien municipal, posesionar un funcionario público,
fijar tabla de asignación salarial o restringir temporalmente un derecho
constitucional entre otros, que en su mayoría son de casi inmediata ejecución.
Todas las otras, como buenas
intenciones, tienen un denominador común - en apariencia los más importantes - que
pretendían, en su exposición de motivos y considerandos, convertirse en
poderosas herramientas de importancia estratégica para salvaguardar el bienestar institucional y
social de la ciudad de Cartago en el Norte del Valle; lamentablemente todas hacen
perfecta alusión, a aquella expresión
que “El papel puede con todo.”
Antes de entrar en detalle permítanme
mencionarles los actos administrativos que según mi criterio, aparte el que tiene
por objeto ajustar nuevamente el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), de haber
sido ejecutados al pie de la letra, otro sería el panorama administrativo, fiscal
y financiero en la ciudad a saber:
Acuerdo 018 de 2012, expedido
el 19 de julio “por medio del cual se autoriza al alcalde para realizar
operaciones de manejo de la deuda pública, en especial el crédito de tesorería
suscrito en la vigencia 2011”. Sin más comentarios.
Decreto 097 de 2012 del 25
de septiembre “Por medio del cual se establece y se adopta un Programa de
Saneamiento Fiscal y Financiero para el Municipio de Cartago”.
Para no olvidar en noviembre
19 del mismo año mediante resolución 000438 “por medio del cual se convoca y se
otorga un plazo a los Acreedores de bienes y servicios dentro del Programa de
Saneamiento Fiscal y Financiero del Municipio de Cartago”.
Como podrá observar usted
atento y respetado lector la administración actual, aparentemente, ha sido prolífica
desde lo jurídico; pero sin actuar, desde lo financiero, con base en los
decretos y resoluciones.
Empecemos mencionando que supuestamente
los presupuestos del 2012, 2013 y 2014 no fueron ajustados a lo invocado en los
mencionados actos administrativos que intentaban el crecimiento y atender la deuda
pública del municipio.
Expliquemos brevemente el
porqué, pero antes volvamos al decreto No. 097 de 2012,
De ese extenso programa de
saneamiento, podemos resaltar, engañosamente no se atendieron, desde lo contable,
presupuestal y de tesorería; las
diferentes obligaciones en materia de fuentes de financiación como lo son: Reorientar
las rentas y crear un fondo de ahorro propio; salvo alguna aclaración de la
Secretaría de Hacienda que demuestre lo contrario.
Recursos que debían ser
destinados para fondear financiera y asignar presupuestalmente dichos recursos,
por parte de la institución, a través de la creación de los siguientes Fondos:
Fondo de Contingencias y Fondo de Acreencias; aparte del Fondo de Inversión; y
que tal parece nunca fueron creados.
Salvo que existan otros
documentos de carácter confidencial - se analiza lo publicado en la pagina web
del municipio - también contamos con el acuerdo 016 de 2013 de aprobación del
presupuesto para la vigencia fiscal de 2014 y el decreto 118 de 2013 de liquidación
para la misma vigencia.
De su cuidadosa lectura
podemos concluir que los mencionados
fondos tampoco fueron creados, como cuentas contables, rubros presupuestales y
cuentas en tesorería a saber: mesadas pensionales, servicios personales, transferencias
de nomina, transferencias a órganos de control, gastos generales, cuentas por pagar
vencidas al 31 de diciembre de 2011, intereses deuda, amortización deuda e inversión.
Tal parece no se determinó un
programa de venta de activos; queda la duda de si se han venido aprovisionando
dichos recursos, desde esa fecha, a través de un Plan Anual Mensualizado de Caja
(PAC) y si dichas medidas se han tomado previa autorización a través de los respectivos Comfis – comité municipal de
política económica y fiscal que reemplazaría
el comité de vigilancia – como lo ordena la ley, tan necesarios para modificar
el presupuesto y realizar los pagos
durante los años 2012, 2013 y lo corrido de 2014.
De paso atender las
sugerencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la
Dirección de Apoyo Fiscal Pública (DAFP).
También la Secretaría de
Hacienda debió establecer un cronograma de pago y cancelar a través de los
siguientes rubros presupuestales y en el orden establecido: Grupo 1. Mesadas
Pensionales, Grupo 2. Servicios Personales, Grupo 3. Trasferencias de Nomina,
Grupo 4. Gastos Generales y Grupo 5. Otras Transferencias.
En respuesta a estas obligaciones,
tal parece todos los pagos (2012, 2013 y 2014) se han realizado a través de
una cuenta contable, de tesorería y un rubro
presupuestal denominado Desarrollo Institucional,
contrario a lo establecido en los actos administrativos para atender ese Programa
de Saneamiento Fiscal y Financiero del municipio.
Si los desembolsos no se
realizaron a través de dichos rubros, previos ajustes y traslados
presupuestales, se crea un grave problema de confiabilidad en información qué se suministra a los diferentes
entes de vigilancia y control; solo mencionando un caso se podrían afectar los
indicadores de la ley 617 de 2000, ya que aparentemente no se diferenciaron los
demás gastos de funcionamiento e inversión del normal funcionamiento del ente
territorial durante cada una de las vigencias.
Si bien es cierto el
Municipio, en el intento de adelantar un Programa de Saneamiento Fiscal y
Financiero, expidió numerosos actos administrativos: Acuerdos Decretos y
Resoluciones se supone no acató las normas orgánicas en materia de
presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal, fundamentales para la
racionalización de la actividad fiscal y hacer sostenible la deuda pública.
Todo lo anterior claramente
está reglado en la Ley 819 de de 2003 y demás normas que la complementan, que
deben de servir de apoyo, darle claridad y sustento jurídico a tan delicado
tema como es el manejo de las finanzas públicas del municipio.
El tema se hace aún más
complejo por cuanto se esperaba, dichas dudas, hayan sido resueltas para la opinión pública en el último
Informe de gestión por parte de la Administración Municipal; lo que no sucedió.
Lo único que la opinión pública
conoce son los rumores en cafetines, parques, plazas y atrios en el sentido que
la Secretaria de Hacienda Municipal se ha dedicado a pagar las acreencias desde
el 2011 del municipio. ¿De que manera? No estamos al corriente
En todos los casos el
gobierno del abogado Álvaro Carrillo estableció y adoptó un Programa de
Saneamiento Fiscal y Financiero que teóricamente permitía, si se aplicaba, blindar al municipio para cualquier intento de
revocatoria del mandato que argumentara el incumplimiento del Programa de
Gobierno o el Plan de Desarrollo por la nula o escasa inversión.
O será que lo salva el
reparcheo que por estas semanas sigue adelantando, y que dió inicio con el arribo
a la ciudad, en campaña, del hoy reelegido Presidente de la República, el economista
Juan Manuel Santos Calderón, mantenimiento de la malla vial que debió haber
hecho hace ya dos años.
Ante el total silencio - más
evidente en la presente vigencia fiscal - en materia financiera y presupuestal de la actual administración razón
que no entendemos; siguen los mismos interrogantes, que para bien puede
resolver la actual administración ¿Como vá el Programa de Saneamiento Fiscal y
Financiero del Municipio? o ¿Será letra muerta? Y la última ¿Dónde está el
control político del HCM? Amanecerá y veremos.
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