Si pudiéramos observar el
listado de los cinco (5) mejores alcaldes a nivel nacional seguro comprobaríamos
que su gestión se basó por objetivos.
Lo anterior significa que se
impone - hace ya varios años - el modelo de una moderna administración pública que
sin lugar a dudas está centrada en el enfoque gerencial.
Que en esencia es aquel que
logra cambios en la forma de hacer las cosas, de manera eficiente y eficaz y
por consiguiente obteniendo resultados efectivos.
¿Cómo lo logran? sencillo de
describir y difícil de aplicar, mientras no haya voluntad política para realizarlo,
por aquello que el cambio comienza cuando de verdad se evalúan, con rigor, los
procesos de cierre administrativos, contables y financieros antes del informe
final que entrega contabilidad, presupuesto y la tesorería.
Entonces no deben ser vistos
como una actividad que solo se realiza al final del año fiscal y cuando, se
presume, ya se han tapado, mediante actos administrativos y otros subterfugios,
los principales huecos fiscales… Dejando otros más pequeños y fáciles de
cuantificar o “maquillar”.
La experiencia acumulada nos
sugiere que para intentar promover cambios en el estilo de la gestión pública,
debe de haber un positivo cambio de actitud administrativa, en manos del
ordenador del gasto (OG) y sus colaboradores.
La intervención no se debe
centrar solo sobre los principios de planificación estratégica - al final del
periodo - , que de hecho es necesaria - más grave si las decisiones se toman sobre
el día a día y apagando incendios – definitivamente debe estar acompañada de una
intervención operativa periódica.
Es decir la nueva
administración deberá estar basada por objetivos - administración por
resultados - que deberán ser evaluados trimestral o semestralmente en relación
a los cierres parciales; y no solo al finalizar una vigencia fiscal cuando ya nada
se puede corregir frente a un “esperado” desbordamiento del gasto público.
Dicho en otras palabras,
para empezar, lo ideal sería: primero. Liquidar
y ejecutar un presupuesto por unidad de negocios o secretarias; segundo. La
toma de decisiones por parte del OG debe ser con base en el plan anual
mensualizado de caja (PAC); tercero. Realizar cierres parciales mínimo uno semestral
desde lo contable, presupuestal y de tesorería.
¿Habrá voluntad política para
hacerlo? ¿Resistencia al cambio? ¿O por fin se impondrá un modelo de gestión
por objetivos?
Ya puesto en contexto el
tema de hoy, empecemos resolviendo primero el tema del desequilibrio fiscal,
que no es otra cosa que gastar más de lo que ingresa con base en la utilización
de los recursos propios, principalmente en lo recaudado vía: predial, industria
y comercio y sobretasa a la gasolina; y siendo el caso de la ciudad de Cartago
en el Norte del Valle que se encuentran pignorados hasta la vigencia fiscal de 2025.
Lo anterior no significa que
no se pueda hacer uso de esos recursos; ya que en la práctica, se utilizan
para pagar básicamente los gastos de
funcionamiento.
Diferente es lo estipulado en
los acuerdos de endeudamiento, autorizados por el Honorable Concejo Municipal
(HCM) que sirven, aparte de restringir
la capacidad de endeudamiento, sí, como respaldo para el acreedor, es el caso Infipereira,
en el evento que la administración se niegue - cesación de pagos - atender el
servicio a esa deuda.
Que para la vigencia fiscal
2016 asciende a la suma $6.513 millones derivado del último desembolso
de $16.000 millones durante el 2011 sobre el préstamo para el Plan Municipal de
Aguas; que definitivamente le cambió el Marco Fiscal de Mediano plazo al
Municipio; ya que tal parece no había capacidad de endeudamiento real.
En este orden de ideas el
próximo alcalde el abogado y escritor Carlos Andrés Londoño Zabada deberá, para
enfrentar ese desequilibrio fiscal, tomar medidas urgentes para el diseño de un
nuevo Plan de Desempeño - a través de un programa de saneamiento
administrativo, fiscal y financiero - con autonomía municipal; y a las puertas
de una reorganización o reestructuración administrativa.
Recordemos brevemente que parte
del caótico manejo de las finanzas públicas municipales dió inicio desde el mes
de noviembre de 2007.
Cuando tal parece recursos destinados
al Fondo para la Consolidación del Patrimonio Autónomo Pensional del Cartago y
el Pasivo Contingente del Municipio, terminaron con una destinación diferente - acabaron como Fondos
Comunes de libre destinación - durante la vigencia fiscal 2008. ¿Cómo se
encuentra ese fondo en la actualidad?
Recursos que atendían
obligaciones y compromisos adquiridos a través del Acuerdo de Reestructuración
de Pasivos que se liquidó al corte de la vigencia fiscal 2007; con
reconocimientos por parte del Ministerio de Hacienda a través de la Dirección
de Apoyo Fiscal pública.
Ese anterior desequilibrio
fiscal real - diferente al “técnico” - se presume se acrecienta con el análisis de los déficit acumulados que el
municipio viene arrastrando desde el cierre de la vigencia fiscal 2011 por
$16.336 millones.
A parte de unas cuentas por
pagar para el 2012 de $10.927 millones y unas reservas presupuestales por
$6.564 millones, sobre las que no hay certeza si fueron atendidas o no y en su
mayoría por el sector de agua potable y
saneamiento básico.
Continuado con el asunto que
nos ocupa hoy; analizando el cierre de la vigencia fiscal del 2013, según
decreto no. 128 en ese acto administrativo se reducen los Certificados de
disponibilidad presupuestal (CDP) en $988 millones, los registros
presupuestales en $177 millones, los ingresos en $607 Millones y los gastos en
$607 millones.
Acto a seguir según decreto
no. 129 de diciembre 30 de ese mismo año, se constituyen cuentas por pagar por
valor de $86 millones de pesos; y finalmente según decreto no. 130 de 2013 se
constituyen reservas excepcionales por valor de $1.387 millones de pesos; estos
dos últimos actos administrativos creemos estaban amparados con recursos
fondeados en los bancos de la tesorería, como lo estipula la doctrina
presupuestal.
Para el cierre fiscal de
2014, el procedimiento se repite, mediante decreto no.
125 de diciembre 26 de 2014 se adicionan unos recursos de Educación vía Sistema
General de Participaciones (SGP), se disminuyen registros presupuestales por
$1.313 millones y se disminuyen CDP por $5.646 millones.
Según decreto 129 de
diciembre 31 de 2014, se constituyen unas cuentas por pagar por $1.718 millones,
unas reservas presupuestales por $2.546 millones; estos dos últimos actos
administrativos creemos estaban amparados con recursos fondeados en los bancos de
la tesorería, como lo estipula la doctrina presupuestal. Pregunta ¿Se aplazaron pagos
por esas sumas? ¿O se legalizó solo la diferencia?
Lo anterior son tramites que
se utilizan para ajustar y cerrar los presupuestos tanto de ingresos como de
gastos necesarios para el cierre fiscal; lo mismo se espera se haya dado en
el área contable y de tesorería.
Recordemos los pasos básicos
para adelantar un cierre fiscal, en el entendido que éste no necesariamente
debe empezar a elaborarse bajo “tecnicismos” y como una actividad posterior a
los quince o veinte días del mes de diciembre y previos al cierre de fin de
año.
La propuesta es que los cierres
parciales deben de realizarse por lo menos una vez, mes julio, durante toda la
ejecución fiscal; aclarando que todo
control debe dar comienzo en el mes de mayo, cuando se revisa el cumplimiento
de lo estipulado en el plan financiero para ese año.
Recordemos que durante el
primer trimestre ingresa un poco más del 70% de lo presupuestado vía recursos
propios; cifra que se confrontará con lo ejecutado a través del PAC en el mismo
periodo para tener un primer porcentaje de cumplimento de lo real versus lo presupuestado.
Para finalizar demos paso al
procedimiento del cierre fiscal esperado para la vigencia fiscal de 2015:
Todo comienza con la
decisión del ordenador del gasto, a iniciativa de la Secretaría de Hacienda,
para citar - por tardar la última semana del mes de noviembre - al Consejo
Municipal de Política Económica y Fiscal (COMFIS) para determinar los pasos a
seguir encaminados a la programación y ejecución del multi-mencionado cierre.
En esa primera reunión deben
de estar presentes como invitados especiales el Tesorero, el Contador, el
Coordinador de Presupuesto y el Jefe de Sistemas.
Seguido y en el orden del
día quedaran establecidos las fechas para: adelantar los cierres parciales en cada una de esas dependencias adscritas al
equipo económico del municipio, que deberán quedar listos por tardar al 30 de
diciembre, y no en la primera o segunda semana de enero como suele suceder.
Inmediatamente termina esa
reunión, el Alcalde Municipal indicará la fecha para citar a un Consejo de
Gobierno y socializar lo acordado en el Comfis y así involucrar, a cada una de
las secretarias y subsecretarias, en los pasos y en el tramite a seguir para la
legalización de los diferentes gastos pendientes por concepto de funcionamiento
o inversión.
Lo anterior significa que a
partir de una fecha ya determinada, por ejemplo 20 de diciembre, el municipio
debe evitar cualquier tipo de nueva contratación, salvo los pagos recurrentes -
nominas – y en casos comprobados de importancia estratégica o urgencia
manifiesta.
Con las anteriores
salvedades: primero, la sección de presupuesto depurará el listado de
disponibilidades presupuestales (DP) – debiendo quedar el listado definitivo en
cero – se adicionaran los mayores valores recaudados tanto en el presupuesto de ingresos como en el de gastos y se abstendrá de elaborar nuevas DP y RP, quedando cerrado el modulo de
presupuesto
Segundo, dejará identificado
el listado de los Registros (RP) y las Órdenes de pago (OP) a la espera que
Tesorería haya llegado a un primer cuadre interno con sus cajas y bancos en
relación a la información contable.
Proceso que se facilitará si
ha hecho buen uso del Plan Anual Mensualizado de Caja (PAC) herramienta que evitará
el desbordamiento del gasto mensual.
La Tesorería se negará a
recibir cuentas de cobro y a girar cheques, a partir de esa fecha prevista (20
del mes).
Contabilidad al tiempo
adelantará el proceso de depuración contable durante todo el año, en la fecha
prevista, cerrará el modulo y no permitirá ajustes en las diferentes áreas
comprometidas en el cierre como lo son presupuesto y tesorería.
El área de sistemas debe
garantizar que por tardar, a la fecha antes prevista (20), estén cerrados e
inmodificables los módulos de contabilidad, presupuesto y tesorería. Para así
evitar “ajustes” en cualquier de los cuatro módulos; ya que dificulta y
extravía el cierre.
El cierre fiscal en su
expresión más simple consiste en conciliar desde la tesorería que las cuentas
por pagar y las reservas presupuestales - previo cuadre entre contabilidad y
presupuesto - tengan un verdadero respaldo al 31 de diciembre en las cajas y
los bancos.
Los cierres fiscales se han
convertido en un terrible dolor de cabeza para los funcionarios involucrados,
máxime cuando estos “cuadres” desde lo contable arrastran déficit de vigencias
anteriores; que obliga, a los encargados, ha realizar una serie de “ajustes”
que hace casi imposible seguir el rastro - por parte del novato observador - de
lo sucedido en la anterior o anteriores vigencias. Amanecerá y veremos.
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